La Secretaría de Salud de Yucatán anunció una extensión de cinco horas en el horario de venta de bebidas alcohólicas en envase cerrado, aplicable durante los tres domingos restantes de diciembre de 2025 y el primer domingo de enero de 2026. La determinación responde a las actividades sociales tradicionales de esta temporada, como posadas, reuniones familiares, celebraciones navideñas y eventos de Año Nuevo, fechas en las que comúnmente se autoriza un horario más amplio para apoyar la dinámica comercial del estado.
El comunicado oficial fue difundido a través de la edición matutina del Diario Oficial del Estado del lunes 8 de diciembre, donde se especificó que el horario dominical se ampliará hasta las diez de la noche para los establecimientos dedicados a la venta, distribución, suministro y almacenamiento de bebidas alcohólicas en envase cerrado. El aviso hace referencia a lo estipulado en la Ley de Salud del Estado de Yucatán y en la normativa sanitaria aplicable a comercios que expenden bebidas y alimentos, señalando el marco legal que sustenta esta decisión de carácter temporal.
Aunque esta autorización suele emitirse con anticipación, en esta ocasión llegó con retraso en comparación con años anteriores. Normalmente, el anuncio se publica durante noviembre e incluye todos los domingos del mes de diciembre; sin embargo, en 2025 la medida no estuvo vigente para el domingo 7 de diciembre, lo cual generó ciertas expectativas entre comerciantes que aguardaban la confirmación oficial desde semanas previas. La publicación incluye la firma de la titular de la Secretaría de Salud, quien avaló formalmente la ampliación desde finales de noviembre, aunque su divulgación se concretó hasta principios de diciembre.
En condiciones regulares, la venta dominical de bebidas alcohólicas en envase cerrado está permitida únicamente entre las once de la mañana y las cinco de la tarde. Con la modificación temporal, este horario se extiende hasta las diez de la noche durante los días autorizados, lo que representa una ampliación significativa para los comercios que dependen del incremento en la demanda durante las celebraciones decembrinas. La medida está diseñada exclusivamente para establecimientos que venden productos para consumo fuera del local, como expendios de cerveza, licorerías, tiendas de autoservicio y centros de distribución.
Las autoridades estatales subrayaron que la ampliación busca facilitar las dinámicas de consumo asociadas a las festividades, manteniendo al mismo tiempo la regulación sanitaria vigente. La lista de establecimientos aplicables está delimitada en la Ley de Salud del Estado y no incluye bares ni restaurantes, dado que estos operan bajo reglamentaciones distintas. Con esta resolución, los negocios autorizados podrán aprovechar la alta afluencia de clientes durante el cierre del año, mientras la ciudadanía dispone de un horario más amplio para realizar sus compras.